El ayuntamiento de Adeje solicitó un informe jurídico, en julio de 2012, que califica las instalaciones como “fuera de ordenación por su antigüedad”.
El ayuntamiento de Adeje dispone de un informe jurídico, fechado en julio de 2012, el cual fue utilizado para la reapertura del campo de tiro, en el que se cita que debido a su antigüedad no es posible la aplicación del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Protegidos de Canarias, recogidos en el R.D. 1/2000, pues es una obra con una antigüedad mayor de treinta años, por ello no es de aplicación este ordenamiento jurídico sino la antigua Ley Canarias de año 1987, por lo que se considera una edificación fuera de ordenación.
Infome Jurídico (fechado en julio de 2012)
Amigos en defensa de Ajabo, ven en estas afirmaciones técnicas una grave contradicción, pues si la obra tiene, a fecha de julio de 2012, más de treinta años, éste se construyó en fecha anterior al año 1982, por lo que resulta imposible que se ampare su edificabilidad con una ley que se aprobó, con un tiempo posterior a cinco años, siendo la Ley 5/1987, aplicable para las obras que comenzasen a partir de su entrada en vigor, sin que se apunte en el expediente que dicha obra se regularizase amparándose en este precepto legislativo de 1987.
Para el colectivo vecinal opositor al campo de tiro, el calificar estas instalaciones como “fuera de ordenación”, no se ajusta a la realidad, pues esta “normalización” está incluida en la redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Adeje, el cual aún no está aprobado definitivamente, por lo tanto es aventurarse a calificar una edificación como tal sin que se tenga todas las aprobaciones pertinentes al respecto.
Para la Asociación Amigos en defensa de Ajabo, es relevante que no se clarifique la fecha exacta de la edificación, así como los preceptos legales que permitieron su edificabilidad, máxime cuando se trata de una obra pública, la cual debe llevar aparejado todos los informes técnicos necesarios para poderse ejecutar, entendiéndose que estas instalaciones se llevaron a cabo al margen de la legislación vigente de la época, por lo que le han pedido al Ayuntamiento de Adeje que aclare dicha circunstancia.
Sorprende, apuntan desde Amigos en defensa de Ajabo, que el propio informe dictamine que el Plan General de Ordenación Urbana de Adeje está en fase de aprobación y, que se anticipen a denominarlo “fuera de ordenación”, al ser considerada una infraestructura rotacional preexistente descartando su incompatibilidad para ese uso, de acuerdo con el planeamiento.
Asociación Amigos en defensa de Ajabo
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