Corrupción en Lanzarote / Canarias Semanal.- Arturo Inglott. El Tribunal Supremo, benévolo con el juez que asesoró a un capo del narcotráfico, dicta una sentencia implacable contra periodistas que investigaban la corrupción. El pasado 19 de enero, una sorprendente sentencia del Tribunal Supremo sacudía a la opinión pública de las Islas. El motivo de tal estremecimiento fue el fallo de ese Tribunal, según el cual el magistrado José Antonio Martín, ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, no había cometido delito alguno cuando puso sus conocimientos jurídicos al servicio de un conocido capo del narcotráfico y presionó a sus colegas de la judicatura para que fuera puesto en libertad. Ahora, tan solo unas semanas después, otra sentencia “ejemplar” vuelve a poner de actualidad en el Archipiélago los inverosímiles veredictos que despacha la más alta instancia jurídica de Estado. En este caso, sin embargo, los encausados no han sido fraternos cofrades de la Magistratura, sino unos simples periodistas entrometidos, que osaron investigar en las procelosas aguas podridas de los negocios de la Isla de Lanzarote, y que tendrán que pagar un alto precio por su conducta fisgona y comprometida.
El Tribunal Supremo ha condenado a los responsables de la revista Cuadernos del Sureste, editada en Lanzarote, a indemnizar con 15.000 euros al ex secretario del Ayuntamiento de Arrecife, Felipe Fernández Camero, por "intromisión ilegítima en su honor". Desde las páginas de esta publicación, los periodistas condenados se atrevieron a denunciar algunos de los casos de corrupción urbanística que asolan la isla conejera. En un artículo titulado "El secretario: el quinto poder", firmado con el seudónimo Carlota Gutiérrez, revelaron que Fernández, entonces secretario del Ayuntamiento de Arrecife, "era un personaje clave para entender lo que ocurría en el municipio y en general en toda la isla, puesto que además de su cargo público, ejercía como abogado representando como apoderado a sociedades con intereses inmobiliarios", incurriendo así en una manifiesta incompatibilidad. El artículo denunciaba, igualmente, que las tesis como letrado del secretario del ayuntamiento capitalino "solían coincidir con los intereses de los promotores privados del suelo".
A instancias del propio Fernández Camero, el 5 de febrero de 2003 el juez Fernando Paredes Sánchez - titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Arrecife - dictaba un auto ordenando el secuestro del número 11 de Cuadernos del Sureste, sin dar siquiera audiencia previa a los demandados. Una vez neutralizada la voz acusadora, Felipe Fernández Camero procedió a interponer una demanda contra el consejo de redacción de la revista por considerar dañado "su honor". La juez encargada del caso, sin embargo, pudo contrastar que las informaciones publicadas eran "veraces” y tenían interés informativo y consideró que las expresiones utilizadas en el artículo no se podían considerar atentatorias contra el honor. Sin embargo, la magistrada sentenció que, al haberse incluido el texto en una carpeta denominada “Corrupción”, se había insultado al demandante, condenando a la revista a pagarle 6.000 euros y a su portavoz, Jorgé Marsá, a abonarle otros 9.000.
Posteriormente, la Audiencia de Las Palmas revocaba esta condena, con una argumentación que parecía querer evitar, expresamente, enmendar la plana a la juez de Arrecife. “En el artículo - aclaraba la sentencia - el término corrupción se utilizaba en un sentido coloquial, admitido por la Academia alusivo a ciertas prácticas que los ciudadanos pueden considerar discutibles, controvertidas o criticables, aunque pueden no estar expresamente prohibidas por la ley”.
Algo más que “controvertidas” debieron ser, no obstante, las prácticas de Fernández Camero, quien fue expulsado de su cargo de secretario del Ayuntamiento por el Ministerio de Administraciones Públicas y en la actualidad se encuentra imputado en dos procesos penales por la concesión de licencias inmobiliarias ilegales. Uno, por el caso La Bufona, en el que está imputado junto con la ex alcaldesa María Isabel Déniz, de la que además es abogado, y otro por presunto delito de tráfico de influencias, prevaricación urbanística y cohecho, en el proceso que investiga la trama de licencias ilegales concedidas por el ex alcalde de Yaiza José Francisco Reyes, del que también consta como defensor.
Pese a todo, el pasado 24 de septiembre el Tribunal Supremo dictaminaba que denunciar públicamente estos hechos, con datos "suficientemente contrastados", es constitutivo de un delito contra el honor del (presunto) corrupto, por el que el portavoz de Cuadernos del Sureste y otros tres periodistas tendrán que pagarle los dos millones y medio de pesetas de marras, además de abonar las costas del proceso judicial.
En sus declaraciones sobre la sentencia dictada por el Supremo, el portavoz de la publicación, Jorgé Marsá, consideraba “preocupante” el comportamiento de los tribunales españoles “en asuntos como el que él mismo ha sufrido o la sentencia contra la Cadena Ser, que consideró, “inaudita”. Como se recordará, Marsá se estaba refiriendo a las condenas de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística impuestas por Ricardo Rodríguez Fernández -juez del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid- al director y el jefe de Informativos de la SER, Daniel Anido y Rodolfo Irago, por revelar afiliaciones irregulares en el PP de esta comunidad.
En el caso de los periodistas de la SER, el magistrado justificó su sentencia con una enrevesada, a la vez que peligrosa, interpretación. Para el juez Rodríguez Fernández el derecho a la información se refiere solamente a lo expresado en televisión, radio o prensa escrita, y no puede extenderse a lo publicado en Internet, ya que la Red “no es un medio de comunicación en sentido estricto”. Para el Tribunal Supremo, en cambio, el quebranto del “honor” provocado por Cuadernos del Sureste al multiimputado Fernández Camero parece proceder de la insana manía de algunos periodistas de calificar, siguiendo el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, los hechos que describen.
Precisamente por ello, por considerar que la sentencia del Supremo “vulnera los derechos constitucionales a la libertad de expresión” y “el derecho a llamar a las cosas por su nombre”, el 30 de diciembre la revista Cuadernos del Sureste presentaba un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Anunciaba, además, que en el caso de que éste fuera denegado tienen intención de recurrir al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
“En Lanzarote son imprescindibles este tipo de denuncias - declaraba Jorge Marsá al dar cuenta de estas acciones -, ya que los fiscales siguen sin actuar por su cuenta”. “Nuestro caso me llama aún más la atención - añadía- después de escuchar al presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, lamentarse por que en España los ciudadanos denuncian poco los casos de corrupción”. Algo que a Marsá no le extraña lo más mínimo, tras haber podido constatar cómo los tribunales terminan condenando a quienes se atreven a hacerlo.
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