Escándalo en Icod / El Digital de Canarias.- El escrito señala diversas maquinaciones arbitrarias e injustas de Juan José Dorta Alvárez. La denuncia ante Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, se interpuso por parte de José Antonio Plaza Velayo, el cual es titular, junto con su esposa, de la mercantil Imago Dracaena, S.L., entidad que ostenta la titularidad del parque zoológico denominado Mariposario del Drago, sito en la ciudad de Icod de los Vinos.
Ambos aseguran ante la Fiscalía que “dicho establecimiento lleva precintado desde el año 2004 en virtud de un decreto municipal que se basa en una resolución del Cabildo de Tenerife que nada dice del precinto y es que todo ha sido producto de una serie de maquinaciones, arbitrarias e injustas por parte de la anterior corporación local encabezada por el entonces alcalde Juan José Dorta Álvarez a fin de perjudicar a la mercantil Imago Dracaena, la cual ha visto como su establecimiento ha permanecido precintado desde hace ya más de tres años, con las consiguientes pérdidas que ello ha generado”.
Y para ello precisan lo siguiente ante este órgano jurisdiccional: “en primer lugar hay que partir del estudio de una resolución del Cabildo de Tenerife, concretamente la resolución dictada el 18 de octubre de 1996 por la Sra. Consejera Delegada de Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo Insular, que resolvió: 1º.- suspender cautelarmente las obras que se realizan en la prolongación de la Avenida de Canarias esquina a la C/ Las Angustias de Icod de los Vinos, promovidas por José Antonio Plaza Velayos. Notificándolo al Ayuntamiento de Icod de los Vinos para que lleve a efectos tal suspensión. 2º.- Solicitar de la dirección General de Patrimonio Histórico el inicio de expediente sancionador al promotor de dichas obras. 3º.- Requerir a la propiedad la adecuación de las obras a la autorización concedida, advirtiéndole que de no hacerlo se tomarán las medidas necesarias para la restauración del orden jurídico infringido. 4º.- Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Icod de los Vinos y al interesado; haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación”.
Como consecuencia de esa resolución del Cabildo, “el Ayuntamiento dictó un decreto de fecha 9 de febrero de 2000 en la cual resolvía ejecutar materialmente la Resolución de la consejera delegada de Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Tenerife, del día 18 de octubre de 1996, dictado en base al incumplimiento de la autorización concedida por la Resolución de la misma Consejera, de fecha 17 de noviembre de 1995, procediendo en consecuencia el Ayuntamiento a la suspensión cautelar de las obras de construcción de un edificio de servicios, mediante el precinto de dichas instalaciones”...
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