José I. Díaz * / Artículos de opinión.- Una Constitución con raíces guanches (I y II).
Fundamentos básicos de la Republica.
Art. 1.- La Republica Canaria es independiente, soberana, unitaria, democrática y un estado de justicia social.
Art. 2.-
Art. 3.-
Art. 4.- El archipiélago de la Republica Canaria, se organizara en provincias o federaciones insulares, con sus propias administraciones gobernativas.
Art. 5.- La Republica Canaria, tendrá como lengua oficial el canario-español, y segundo idioma el ingles, el cual se impartirá en todos los colegios públicos.
Art. 6.- La Republica Canarias tendrá como objetivos fundamentales;
Art. 7.- La Republica Canaria es un estado laico, por lo que cualquier actividad religiosa se acogerá a sus leyes y ordenanzas.
Art. 8.- El símbolo de la Republica Canaria, será su bandera, blanca, azul y amarilla con sus 7 estrellas verdes, y su himno nacional.
Art. 9.- La Republica Canaria, valorara el sacrificio de aquellos ciudadanos que han consagrado sus vidas en la lucha y defensa de las libertades nacionales.
La nacionalidad canaria
Art.10.
La organización económica y social.
Art. 11.- Los recursos naturales situados en el suelo y subsuelo de la Republica Canaria, al igual que su mar territorial y plataforma económica dentro de sus 350 millas marinas será patrimonio del estado, así como;
Art. 12.- El estado es responsable de mirar por la salvaguarda de los intereses nacionales, así como de desarrollar las condiciones para el buen uso de los mismos.
Art. 13.- El estado promoverá iniciativas para garantizar el equilibrio ecológico, y la conservación del medio ambiente, para una mejor cualidad de vida de sus ciudadanos.
Art. 14.- La política económica del estado, estará dirigida a la construcción de las bases fundamentales, para el desarrollo de las mejores condiciones de vida de sus ciudadanos, reforzando la soberanía del estado, y consolidando la unidad nacional, a través de la participación y la utilización equitativa de sus recursos humanos y materiales.
Art. 15.- La Republica Canaria, tendrá como primer objetivo, el desarrollo de la agricultura y la pesca, como recursos para cubrir las necesidades alimenticias de su población, pasando a un tercer plano el turismo, que tendrá que ser capitalizado por empresarios canarios,
Art. 16.- La Republica Canaria, impulsara el desarrollo industrial canario, como un factor impulsor de la economía nacional.
Art. 17.- En el orden económico, la Republica Canaria asentara las bases de la evaluación de la clase trabajadora, y fuerza del mercado, con la participación de todos los agentes económicos y propietarios de empresas, para el desarrollo y crecimiento económico-social, cubriendo todas las necesidades básicas y bienestar de todos los ciudadanos canarios, bajo la supervisado por el propio estado.<
Organización económica y social
Art.18.- El estado promoverá y apoyara la participación activa del empresariado nacional en el sector del desarrollo y consolidación de la economía canaria.
Art.19.- El estado reconocerá y contribuirá al desarrollo de las pequeñas empresas familiares, apoyando su capacidad de creatividad, lo que enriquecerá a la propia economía de Canarias. Art.20.- Las inversiones extranjeras operaran en el marco señalado por el estado, no pudiendo superar nunca al 49% del capital, ya que el 51% restante será de los socios o sociedades canarias.
Art.21.- La tierra es patrimonio del pueblo, por lo que estará en manos del estado
Art.22.- El estado determinara el uso y aprovechamiento de la tierra.
Art.23.- El estado promoverá y coordinara las actividades económicas, directas o indirectamente para solucionar los problemas fundamentales del pueblo, así como para reducir las desigualdades sociales y regionales. Las inversiones del estado, deben desempeñar un papel dinámico en la promoción y desarrollo.
Art.24.- Los impuestos serán establecidos por la ley, que los fijara según su criterio de justicia social.
Art.25.- El trabajo será dignificado y protegido, ya que es una fuerza motriz del desarrollo, por lo que el estado, propugnara por su justa repartición y rendimiento.
Art.26.- El estado promoverá el desenvolvimiento de la cultura nacional, y será garante de la libre expresión de las tradiciones y valores de la sociedad canaria.
Art.27.- Los servicios sanitarios serán gratuitos para todos los ciudadanos canarios, los cuales estarán organizados a través de un sistema nacional moderno en todas las ciudades, pueblos, barrios y aldeas de nuestro archipiélago. El estado será el primer interesado en elevar y ofrecer las máximas garantías del sistema sanitario canario.
Art.28.- La familia es la unidad básica de la sociedad.
Art.29.- La juventud canaria, con dignidad continuara las tradiciones patrióticas de sus antepasados guanches-canarios, desempeñando un papel decisivo en las libertades sociales y renovadoras de la sociedad canaria.
La defensa nacional
Art.30.- La política de defensa y seguridad del estado, debe basarse en defender la independencia nacional, preservar su soberanía e integridad territorial, garantizar el funcionamiento normal de sus instituciones, y proteger a sus ciudadanos de cualquier agresión armada.
Art.31.- Las Fuerzas de Defensa y Seguridad, estarán subordinadas a la política nacional de defensa y seguridad, y deberán fidelidad a la Constitución de la nación canaria.
La política exterior
Art.32.- La Republica Popular Canaria, es una nación no alineada, establecerá relaciones de amistad y cooperación con otros estados, sobre la base de los principios de respeto mutuo de la soberanía e integridad territorial, igualdad, no interferir en asuntos internos e reciprocidad de beneficios. b.-La Republica Popular Canaria acepta la aplicación de la Carta de la Organización de Naciones Unidas, y la Carta de la Organización de la Unión Africana.
Art.33.- La Republica Popular Canaria, se solidariza con la lucha por la unidad de los países africanos, basándose en su libertad, dignidad y derecho al progreso económico y social.
Art.34.- La Republica Popular Canaria, concederá asilo político, a los extranjeros perseguidos en razón de su lucha por la paz, la democracia, las libertades nacionales y sociales y por la defensa de los Derechos Humanos.
Art.35.- La Republica Popular Canaria, desarrollara una política de paz y neutralidad, y solo recurrirá a las armas en caso de legitima defensa.
* José I. Díaz. Presidente de la Asociación Cultural “Tierra Guanche”.
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