Capitalismo / Partido Comunista del Pueblo Canario (PCPC).- Sigue el goteo diario de muertes en accidentes laborales. Ya lo advertíamos en esta publicación, el 5 de Julio, en un breve artículo titulado “El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) da el alta médica a trabajadores no recuperados”, referido a Santa Cruz de Tenerife. Pues bien, cuando ha transcurrido a penas un mes, ha saltado la noticia del caso ocurrido en Berango (Euskadi), a un trabajador de la empresa Alconza que falleció el día 7 de agosto como consecuencia de sufrir una afección cardiovascular, agravada tras ser obligado, primero por el Tribunal médico y después por un Juzgado de lo Social del País Vasco, a reincorporarse a su puesto de trabajo, negándole así la pensión por Incapacidad Permanente a la que tenía derecho este trabajador, a pesar de que el trabajador contaba con varios informes que desaconsejaban su reincorporación, tanto del médico de atención primaria como del médico de empresa.
La aplicación de las políticas neoliberales por la supeditación a los intereses empresariales, lleva a los trabajadores y trabajadoras a sufrir un auténtico calvario, a manos de los responsables políticos de los servicios públicos de sanidad y de la in-Seguridad Social del Estado y de los servicios de in-salud de las llamadas comunidades autónomas, cuando padecemos algún tipo de enfermedad o lesión grave: interminables listas de espera para simplemente ser atendidos por los médicos especialistas, para ser intervenidos quirúrgicamente, o para ser hospitalizados, cuando resulta ser que la prestación por Incapacidad Temporal está limitada por la ley a 12 meses, prorrogables por otros 6 más (cuando se presuma que durante ellos puede el trabajador ser dado de alta médica por curación, a valorar por los órganos competentes del Instituto Nacional de la Seguridad Social - EVI).; altas dadas por los tribunales médicos o Equipos de Valoración de Incapacidades, o por las Mutuas Patronales sin tener recuperada la salud. Algunas de estas situaciones son denunciadas y recurridas por los afectados ante los juzgados de lo social, pero otras muchas no, por la falta de información o la falta de confianza de muchos compañeros y compañeras en los Tribunales de “Justicia”, o simplemente porque se encuentran desprotegidos al estar trabajando en la economía sumergida, sin contrato y sin cobertura de la Seguridad Social, por lo que cualquier estadística oficial sobre este tema no refleja la verdadera magnitud de este problema. Las organizaciones sindicales, salvo pocas excepciones, se han convertido en meras asesorías que se limitan a tramitar demandas, sin ir más allá.
El Estado ahorra así en pensiones para desviar fondos económicos a otros fines, como es la financiación y potenciación de la sanidad privada. Las Mutuas Patronales ahorran mucho dinero al enviarnos a trabajar todavía enfermos o lesionados.
3 muertos diarios son las víctimas oficiales del terrorismo de la patronal en este año
Según datos del Boletín de Estadísticas Laborales (BEL) que elabora el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, un total de 580 trabajadores fallecieron en accidente laboral durante los cinco primeros meses del año. De ellos, 419 perdieron la vida en su puesto de trabajo, en tanto que 161 fallecieron en el trayecto de su casa al trabajo o viceversa (accidentes 'in itinere'). En Canarias, son 13 los obreros muertos hasta el pasado mes de junio.
Pero estas cifras que de por sí son escandalosas e inaceptables, no ya para una organización revolucionaria, sino para cualquier ser que se considere humano, no reflejan la realidad. Los muertos por accidentes laborales pueden pasar inadvertidos de muchas maneras (camuflados como fallecimientos naturales, como víctimas de la carretera o como un percance fortuito). Aproximadamente la mitad de los muertos en el trabajo escapan a los ojos de los tribunales de “justicia”, según datos de la fiscalía especial de accidentes laborales.
Tener la obligación de proveer y adoptar medidas de seguridad y no hacerlo, para ahorrar dinero; tener la obligación de formar a los trabajadores y no hacerlo; someterlos a interminables y agotadoras jornadas de trabajo, a bajos salarios, a realizar horas extras o a trabajar a destajo; someter a los trabajadores a una constante rotación a base de realizar contratos de muy corta duración, lo que implica no adquirir la debida y necesaria experiencia y adaptación al puesto de trabajo, ... son las condiciones a las que la Patronal, con la complicidad de los gobiernos español y autonómicos y las llamadas “centrales sindicales mayoritarias”, someten a la Clase Obrera.
Terrorismo patronal: así deben de ser tratados los “accidentes” laborales en el código penal.
Es necesario que levantemos un fuerte proceso movilizador, sostenido en el tiempo; levantando, a su vez, fuertes y consecuentes organizaciones sindicales independientes de los gobiernos y de la patronal, al servicio de la clase obrera, si queremos subvertir esta situación.
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